Para su debido conocimiento y con el objetivo de que puedan realizar las acciones correspondientes en relación con el trámite de las Designaciones de Régimen Becario (P-9), para el II Ciclo Lectivo 2024, la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica (OBAS) solicita considerar los siguientes lineamientos:
- Responsabilidades de la población estudiantil
- Consultar en las Unidades Académicas u Oficinas Administrativas, las convocatorias con la disponibilidad de las horas Estudiante, Asistente o Asistente de Posgrado.
- Entregar en la Unidad correspondiente la constancia de la cuenta bancaria[1]. Si es la primera vez que realiza horas, este es un requisito indispensable.
- En caso de ser una persona estudiante con nacionalidad extranjera, si ha realizado ante la Oficina de Registro e Información, una actualización o cambio del número de su documento de identificación, debe informarlo a la persona encargada en la Unidad donde fue designado, para realizar los cambios que correspondan.
- El periodo máximo de recepción de recursos de revocatoria para cada depósito, del reconocimiento económico por participar en régimen becario, es de 5 días hábiles posteriores a cada fecha calendarizada de depósito. Posterior a este plazo, no se tramitan solicitudes de revisión o gestiones relacionadas con depósitos anteriores.
[1] La cuenta debe ser emitida por un Banco Estatal, a nombre de la persona estudiante, en colones y ser una cuenta electrónica con disponibilidad para acreditar dinero. Si por condición migratoria no cuenta con cédula de residencia, los datos de la cuenta bancaria que debe reportar, únicamente podrán ser del Banco Nacional o Banco Popular, ya que de presentar documentos de alguna otra entidad, el depósito no podrá hacerse efectivo al momento de realizar el mismo por parte de la Oficina de Administración Financiera, por motivo de inconsistencias que generan los lineamientos bancarios y la plataforma existente.
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