Adecuación Curricular - Art. 37 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil

A los estudiantes que ya cumplieron con lo indicado en el Artículo 37 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil y según Circular ViVE-1-2024

A. Para la aplicación del Artículo 37 del RRAE (población estudiantil de nuevo ingreso carné C4 y población estudiantil regular que solicita por primera vez la aplicación de apoyos académicos (adecuaciones) en el año 2024, de manera independiente al año de ingreso a la Universidad de Costa Rica).

a.1 Una vez notificadas desde CASED, las Direcciones de las unidades académicas de empadronamiento de las personas estudiantes, harán convocatoria del equipo de apoyo, preferiblemente por la modalidad virtual o de manera presencial, con el propósito de que se defina el Plan con los apoyos académicos (adecuaciones) requerido, según se encuentra dispuesto en el artículo 37 del RRAE.
a.2 Posterior a la realización del equipo de apoyo, las Direcciones de las unidades académicas de empadronamiento de la persona estudiante, remitirán a las personas docentes responsables de los cursos matriculados, mediante un oficio, el Plan con los apoyos académicos (adecuaciones) definidos para su implementación, con copia a la persona estudiante, al CASED, al CASE. En el caso de las Sedes Regionales, con copia a las personas docentes responsables de los cursos matriculados, a la persona estudiante y a la Unidad de Vida Estudiantil.

B. Estudiantes con adscripción al artículo 37 del RRAE, que han tenido al menos una convocatoria del Equipo de Apoyo en el cual fueron definidos los apoyos académicos (adecuaciones), y se cuenta con Plan que contiene los apoyos pertinentes para su Plan de Estudios.

b.1. Las direcciones de las unidades académicas remitirán vía oficio en cada ciclo lectivo, el Plan con los apoyos académicos (adecuaciones) definidos y establecidos con anterioridad en el equipo de apoyo para la implementación respectiva a las personas docentes responsables de los cursos matriculados por la persona estudiante. Es indispensable que la Unidad Académica emita el Plan con los apoyos académicos (adecuaciones) a inicios de cada ciclo (I ciclo lectivo 2024, en el II ciclo 2024 o III ciclo 2024 según corresponda) una vez que la persona estudiante concrete la matrícula, con el fin de garantizar la implementación de los apoyos académicos. Las Unidades Académicas deben emitir el Plan con los apoyos académicos (adecuaciones) de su población adscrita al Art. 37 de oficio, sin que medié una solicitud previa de la persona estudiante.

Consultas al correo electrónico: recepcion.ecci@ucr.ac.cr o al CASED al correo electrónico cased@ucr.ac.cr o a los teléfonos 2511-2723 y 2511-2726.

URL: https://orientacion.ucr.ac.cr/gestiones-estudiantiles/.